Fecha
2023-08-16Idioma
es
Tipo de documento
Normatividad
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [52]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemRespuesta a Derecho de Petición con Radicado No. 2023ER15498 de 31/07/23, “OFICIO No. INSP2-2023-0452
Resumen
1. ¿La Oficina Asesora de Gestión del Riesgo de Desastres de Cartagena debe dar traslado de las inspecciones técnicas que realizan a las Inspecciones de Policía? 2. La Oficina Asesora de Gestión del Riesgo de Desastres de Cartagena puede impartir instrucciones a las Inspecciones de Policía? 3. La Oficina Asesora de Gestión del Riesgo de Desastres de Cartagena puede trasladar responsabilidades legales a las Inspecciones de Policía? 4. Si la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo de Desastres de Cartagena, identifica riesgos, estos deben ser gestionados ante el Consejo Territorial de Cartagena conforme a lo mandatado por los artículos 27, ¿28 y 29 de la Ley 1523 de 2012? 5. Cuál es el procedimiento que debe agotar la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo de Desastres de Cartagena cuando en sus inspecciones técnicas evidencien un riesgo? 6. Cada cuanto la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo de Desastres de Cartagena debe actualizar Plan de Gestión del Riesgo de Desastres? 7. En qué casos o como puede la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo de Desastres entrar a apoyar un desastre ocasionado por un privado que no realizó mantenimiento de sus muros de contención?
El ítem tiene asociados los siguientes ficheros de licencia: