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Circular No 041 del 27 de mayo de 2024
Fecha
2024-05-27Autor
Lugar
Bogota DC
Idioma
es
Tipo de documento
Normatividad
Palabras clave
Colecciones
- Circulares [44]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemCircular No 041 del 27 de mayo de 2024, Actualización exámenes médicos ocupacionales
Resumen
Para dar continuidad al proceso de contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y Patrimonios Autónomos, y teniendo en cuenta la misionalidad de la entidad, se establecen los criterios a ser tenidos en cuenta de acuerdo al Artículo 2.2.4.2.2.18 del Decreto 1072 de 2015.
1.Realizar el examen médico ocupacional y las pruebas complementarias de acuerdo a lo establecido en el profesiograma, el cual está disponible para consulta en Neogestión (FR 16-01-GTH-137). Es importante considerar la categoría de contratación y las obligaciones contractuales que se desarrollarán.
2. El examen médico ocupacional tendrá una vigencia de máximo 3 (tres) años, siempre y cuando se haya valorado el factor de riesgo más alto. En el caso de perder su condición de contratista por un periodo superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarse nuevamente el examen ocupacional.
3. Para el proceso de validación de exámenes médicos, el abogado responsable del proceso contractual será quien solicite la aprobación. Se debe enviar únicamente el certificado de aptitud y el carné de vacunación al correo SST@gestióndelriesgo.gov.co para que el Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo valide y emita su aprobación.
4. Los exámenes deben ser realizados por una Instituto prestador de salud (IPS) o por profesionales idóneos, quienes deberán tener licencia vigente en seguridad y salud en el trabajo.
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