Resumen
El servidor público que haya sido nombrado y posesionado en el empleo público o en su defecto, aquél que designe el Director General de la UNGRD recibirá el informe de gestión por parte del funcionario saliente. La entrega del informe de gestión constituye un deber para el funcionario que deja el empleo. El informe de gestión deberá contener los recursos administrativos, financieros y humanos, según se trate, a cargo de la administración, dependencia o entidad y deberá contener los requisitos establecidos por dicha ley, los reglamentos y manuales de normatividad que fijen los órganos de control