Fecha
2024-05-03Lugar
Bogotá
Idioma
es
Tipo de documento
Normatividad
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [98]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemCompra de materiales de construcción sin declaratoria de calamidad pública
Resumen
La UNGRD, precisa e informa que el Municipio de Santander de Quilichao, goza con la autonomía suficiente en aras de evaluar y
determinar si adquiere materiales de construcción para tenerlos almacenados con el fin de atender de manera inmediata a los damnificados sin acudir a la declaratoria de calamidad pública, pues le corresponde al ente territorial determinar tal situación.
Se reitera que en el caso en que no haya declaratoria de calamidad pública o desastre, es únicamente el director de la UNGRD quien tiene la potestad de ordenar la transferencia directa de recursos mediante acto administrativo. La presente posición jurídica se suscribe en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,
artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, en virtud del cual los conceptos emitidos por las autoridades son recomendaciones de carácter no vinculante para el ente territorial y se enmarca dentro de las funciones de orientación y apoyo para el fortalecimiento institucional en materia de gestión del riesgo de desastres
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