Otros titulos
Convenio obras por impuestos - Definición y terminación - Requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato - Definición y diferencias – solución de controversias - Aplicación
Fecha
2025-02-04Lugar
Bogotá
Idioma
es
Tipo de documento
Consultoría
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [98]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemComunicación interna. Solicitud concepto jurídico 2025IE00368 del 16 de enero de 2025 en relación con el convenio suscrito entre la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD, los municipios de Arauca, Arauquita, Fortul, Saravena, Tame y la Compañía Verano Energy (switzerland) Ag Sucursal, para ejecución del proyecto de inversión denominado adquisición de bancos de maquinaria amarilla para la atención a emergencias y desastres en los municipios de Arauca, Arauquita, Fortul, Saravena y Tame. Bipin 2023021400055 en el marco del mecanismo de obras por impuestos de que trata el artículo 800-1 del estatuto tributario
Resumen
No es posible ejecutar el convenio válidamente sin el acta de inicio ni las pólizas constituidas. La ejecución de un proyecto bajo el mecanismo de Obras por Impuestos requiere el cumplimiento estricto de los procedimientos establecidos en la normatividad y el manual operativo. El acta de inicio es un documento formal que marca el comienzo oficial de la etapa de ejecución del proyecto. Sin este documento, no existe una constancia formal del inicio de las obligaciones contractuales, lo que genera inseguridad jurídica y dificulta el seguimiento y control del proyecto. La ejecución del proyecto sin el acta de inicio vulnera el debido proceso y pone en riesgo la validez de las actuaciones realizadas. Las pólizas de garantía son un requisito indispensable para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales y proteger a las partes involucradas ante posibles incumplimientos o eventualidades. La ausencia de estas pólizas deja al convenio en una situación de vulnerabilidad, sin la protección adecuada en caso de que el contribuyente o ejecutor no cumplan con las condiciones pactadas. Estas pólizas deben garantizar, como mínimo, la estabilidad y calidad de la obra o de los bienes entregados, con una vigencia no inferior a cuatro años. En el caso específico de la opción Convenio, el contribuyente puede contratar directamente la gerencia del proyecto si cumple con los requisitos; de lo contrario, debe contratarla y presentar la documentación a la Entidad Nacional Competente
(ENC). Las pólizas deben constituirse a favor del contribuyente
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