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dc.creatorCarrillo Arenas, Carlos Alberto
dc.date.accessioned2025-02-12T17:27:04Z
dc.date.available2025-02-12T17:27:04Z
dc.date.issued2025-01-21
dc.identifier.citationUNGRD. (2025). Respuesta al radicado 2025ER00711spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11762/41155
dc.description.abstractPara poder acudir a los mecanismos excepcionales que otorga la Ley 1523 de 2012 en su capítulo VII (artículos 65 a 89), así como para poder recibir apoyo de otras entidades justificadamente (artículo 60), es necesario que medie una declaración de calamidad pública. Por lo tanto, se recomienda acudir a dicho instrumento con el fin de satisfacer urgentemente la demanda de atención humanitaria por parte de las autoridades de gestión del riesgo a nivel territorial y nacional. Finalmente, se hace expreso el apoyo de la UNGRD frente a la situación de emergencia, quedando atenta y dispuesta frente a cualquier otro requerimiento o solicitud de apoyo necesarios para conjurar la crisisspa
dc.language.isoesspa
dc.rightsCC0 1.0 Universal*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/*
dc.sourceUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastresspa
dc.subjectConflicto armadospa
dc.subjectCalamidad públicaspa
dc.titleRespuesta al radicado 2025ER00711. Posibilidad de intervención e inversión frente a las problemáticas derivadas de la emergencia en la que se encuentra actualmente el departamento de Norte de Santander como consecuencia del conflicto armado en la regiónspa
dc.type.spaNormatividadspa
dc.publisher.corporativoUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
dc.description.lugarBogotáspa


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