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dc.creatorAriza Dominguez, Diana Paola
dc.date.accessioned2025-01-23T17:40:58Z
dc.date.available2025-01-23T17:40:58Z
dc.date.issued2024-02-02
dc.identifier.citationUNGRD. (2024). Revisión Jurídica - Articulo 43 de la Ley 1523 de 2012 sobre Cooperación Internacionalspa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11762/41085
dc.description.abstractLa OAJ no observa competencia reglamentaria para “iniciar las gestiones pertinentes con las instancias jurídicas correspondientes del Estado colombiano, a fin de poder ajustar lo anteriormente expuesto”. Lo anterior, no es óbice para que desde su dependencia, se solicite asesoría jurídica en los Asuntos Jurídicos relacionados con la entidad y esta dependencia tenga la facultad de emitir los conceptos legales que se requieran. En cuanto a la designación de un funcionario de su Oficina que pueda liderar el proceso y nos brinde la asesoría requerida de manera permanente; es importante aclarar que quien observa competencia para liderar el proceso, según el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la UNGRD - Resolución 1165 del 06 de noviembre de 2018 -, es el Asesor Grado 13, código 1020 de Dirección General conforme a la Función 2°y 4°, a saber: 2. Asesorar al Director en los asuntos normativos, técnicos científicos y administrativos que sean de competencia de la Entidad, de acuerdo con los requerimientos institucionales; Asesorar y acompañar a la entidad en las relaciones interinstitucionales en los ámbitos público y privado, así como en los órdenes internacional, nacional, y territorial; respectivamentespa
dc.language.isoesspa
dc.rightsCC0 1.0 Universal*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/*
dc.sourceUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastresspa
dc.subjectPlan Estratégico de Cooperación Internacionalspa
dc.subjectPECIspa
dc.subjectMinisterio de Relaciones Exterioresspa
dc.subjectAgencia Presidencial de Cooperación Internacionalspa
dc.subjectAPC Colombiaspa
dc.titleRespuesta a Comunicación Interna de radicado No. 2024IE00576 del 29/01/2024 remitida el 01/02/2024 cuyo asunto corresponde al Revisión Jurídica - Articulo 43 de la Ley 1523 de 2012 sobre Cooperación Internacionalspa
dc.type.spaConsultoríaspa
dc.publisher.corporativoUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
dc.description.lugarBogotáspa


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