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20250225 del 25 de febrero de 2025
Fecha
2025-02-25Lugar
Bogotá
Idioma
es
Tipo de documento
Consultoría
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [106]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemOrdenación del gasto Fonbuenaventura / Competencia. Respuesta consulta sobre la competencia para ordenar el gasto del proyecto de cooperación internacional AECID para Fonbuenaventura. Comunicación interna 2025IE01542
Resumen
La ordenación del gasto de la subvención otorgada por la AECID, en el marco del Plan Integral Especial para el Desarrollo de Buenaventura (PIEDB), recae en el Director General de la UNGRD, quien, conforme a la normativa vigente, tiene la facultad de delegarla en servidores públicos del nivel directivo y asesor que estime procedente. En el caso concreto, los gastos subvencionables de dicho proyecto, consignados en la Programación Operativa Anual (POA) y aprobados por la Junta Administradora del Fondo, se clasifican en gastos corrientes y de inversión. Sin embargo, la resolución 1007 del 25 de octubre
de 2024 de la UNGRD, por medio de la cual se delega la ordenación del gasto del Fonbuenaventura, hace referencia a gastos de funcionamiento y de inversión, los cuales corresponden a una distinción no contemplada en el sistema presupuestal manejado por AECID. Por lo tanto, puede darse el caso en que la ordenación del gasto no sea clara respecto de la competencia para rubros específicos de los recursos subvencionados. En dicho escenario, la ordenación del gasto se mantendrá en el Director General de la UNGRD, quien en todo caso podrá hacer delegaciones particulares y específicas tanto respecto del proyecto subvencionado
en general como de rubros específicos del mismo
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