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Respuesta a radicado 2025EE02823
Fecha
2025-02-28Lugar
Bogotá
Idioma
es
Tipo de documento
Consultoría
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [106]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemPrecedente administrativo relativo al artículo 10 de la Ley 1437 de 2011 y la Sentencia T-545 de 2004. Respuesta a petición de consulta con radicado UNGRD 2025ER00891 del 20 de enero de 2025.
Resumen
La Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres (UNGRD) expide actos administrativos de acuerdo con las normas aplicables a la materia de cada actuación, siempre atendiendo a los principios de debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia y celeridad. La existencia del debido sustento normativo, junto con la debida motivación de cada acto administrativo, no solo justifica la decisión adoptada, sino que también asegura que esta se fundamente adecuadamente en el marco legal vigente. Esto permite que los ciudadanos y demás interesados comprendan las razones detrás de las decisiones, brindando certeza sobre las normas aplicadas, evitando
decisiones arbitrarias y garantizando que cualquier diferenciación en el tratamiento de los casos obedezca a razones legítimas y jurídicas, en consonancia con el principio de igualdad. Por consiguiente, para identificar los criterios utilizados por la UNGRD para la expedición de actos administrativos están disponibles en nuestra página web, en la sección normativa, toda vez que
son de consulta pública
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